La SUNAT, mediante la Resolución de Superintendencia N.º 000168-2025 publicada el 28 de mayo de 2025, ha incorporado a nuevos contribuyentes a la obligación de presentar la Declaración Jurada del Beneficiario Final.

Esta nueva norma aplica a personas jurídicas y entes jurídicos que no estaban contemplados previamente en las Resoluciones N.º 185-2019 y N.º 000041-2022.

Plazos máximos para presentar la declaración, según los ingresos netos del ejercicio 2024:

  • Más de 100 UIT: octubre de 2025

  • De 50 a 100 UIT: diciembre de 2025

  • De 25 a 50 UIT: julio de 2026

  • De 10 a 25 UIT: septiembre de 2026

  • Hasta 10 UIT: noviembre de 2026

Importante: Los ingresos netos se calculan en función de la Declaración Jurada Anual del ejercicio 2024 y de las declaraciones mensuales presentadas durante ese año.


 La resolución completa en el siguiente enlace: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2403302-1?fbclid=IwY2xjawKk0UZleHRuA2FlbQIxMABicmlkETB5c0VXWnA2MmJlbk9jOVE4AR4XlrGx70M18D7fElEn1WBUA5AdW39FIh_4CpgkbMmti0_SDL7_MLyYryP-vg_aem_nwxfOhJDfinx4pr87G2AGg


 
Sunat establece nuevos plazos para declarar al beneficiario final

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