El Poder Ejecutivo ha dispuesto la implementación de la comparecencia remota ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), como parte de las acciones orientadas a modernizar y agilizar los procedimientos de fiscalización tributaria.
Mediante el Decreto Supremo N.º 303-2025-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se establece que la Sunat podrá requerir la comparecencia de contribuyentes o terceros a través de medios virtuales, sin necesidad de su presencia física en las oficinas de la administración tributaria. La citación deberá señalar expresamente la fecha, hora y plataforma digital mediante la cual se realizará la diligencia.
Para la realización de la comparecencia remota, el sujeto citado deberá contar con un dispositivo que permita el uso de audio y video, conexión a internet y el aplicativo de la plataforma de comunicación que determine la Sunat.
La norma también contempla la posibilidad de solicitar el cambio de modalidad, de comparecencia remota a presencial. Dicha solicitud procederá únicamente cuando la Sunat verifique que el domicilio del contribuyente o de su representante legal se ubica en una zona con baja o nula conectividad a internet, o cuando existan razones debidamente sustentadas que justifiquen el cambio. En estos casos, será la propia administración tributaria la que determine la oficina donde se llevará a cabo la comparecencia.
Esta medida permitirá optimizar los tiempos y recursos tanto de la Sunat como de los contribuyentes, facilitando la programación de diligencias, especialmente en situaciones donde las personas citadas se encuentren fuera de Lima o en zonas geográficamente alejadas.
Adicionalmente, el Decreto Supremo N.º 303-2025-EF regula las condiciones bajo las cuales la Sunat podrá acceder de forma remota a los sistemas electrónicos donde los sujetos fiscalizados registran sus operaciones contables. Este acceso se realizará mediante el otorgamiento de un perfil de acceso, el cual permitirá al agente fiscalizador revisar la información estrictamente necesaria dentro de un proceso de fiscalización.